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Foto del escritorCarolina Caballero

Reserva de Derechos de Uso Exclusivo

Feliz lunes, lunes de blog. Hoy te cuento que la semana pasada tuve el gusto de tener una asesoría con una seguidora, ahora clienta, quien creó un personaje ficticio y busca comercializar con él.


Todas podemos reconocer a un personaje, tu princesa favorita de Disney, 11 de Stranger Things, Harley Quinn de DC Comics, Wanda de Marve o Wanda de los Padrinos Mágicos jajaja. El punto es que puedes reconocerles por la manera que se ven, la manera en que se visten o su manera de ser. Detrás de estos personajes que vemos en la televisión, libros o cine, hay una persona que las creó. Esta persona es el o la autora o titular (las diferencias entre autor o titular te las platico en otro artículo), y esta persona tiene derecho a la exclusividad de uso de su propiedad intelectual. Claro que al ser un personaje no podemos registrarlo como una marca, o bueno si podemos pero protege otras cosas. Al tener personalidad, gesticulaciones y características variables tampoco es lo mejor registrarlo como obra ante el INDAUTOR.


Para sacar a este personaje al mercado, a que sea conocido y comercializarlo, ya sea en forma de productos, servicios o videos, animaciones, etc. Lo ideal es protegerlo con una Reserva de Derechos al Uso Exclusivo en el INDAUTOR. La Reserva de Derechos es distinta a la protección de obra con Derechos de Autor de varias maneras. Acompáñame leyendo este artículo y muy seguramente te servirá de algo.


¿Qué es una Reserva de Derechos de Uso Exclusivo?

El artículo 173 de la Ley Federal del Derecho de Autor señala que es la facultad de usar y explotar en forma exclusiva títulos, nombres, denominaciones, características físicas y psicológicas distintivas. Como pueden ser:

  1. Los personajes humanos, los ficticios o los simbólicos

  2. Nombre de personas o grupos de artistas


Para el ejemplo práctico de la asesoría de la semana pasada, podemos definir a los personajes como seres reales o imaginarios representados, ya sea por medio de una caracterización o gráficamente con características físicas y psicológicas que los hacen únicos e inconfundibles.

El personaje, para poder ser registrado, deberá comprender 3 factores que lo caracterizarán: el nombre, las características físicas y las características psicológicas.

El nombre

Es o son las palabras que designan o identifican a los seres reales o imaginarios representados; por ejemplo “Blanca nieves”.

Las características físicas

Son las que describen la apariencia del personaje incluyendo sexo, estatura, complexión, piel, ojos, cabello e indumentaria mencionando los colores de cada cual; por ejemplo, “… mide 1.70 cm, tiene cabello ondulado, ojos negros, boca pequeña, con orejas grandes, porta pantalones color beige y playera azul, etc.”

Las características psicológicas

Son las que describen la personalidad, es decir, el temperamento, preferencias, defectos y virtudes del personaje; por ejemplo, "es alegre, enojón, discreto, extrovertido, tímido, etc.”

Gracias a estos tres elementos podemos identificar a un personaje real, uno caracterizado por una persona o un personaje animado/ficticio. Ya que con estos elementos lo podemos identificar y diferenciar de los demás, haciéndolo único y, por lo tanto, objeto de protección.


En cuanto a la reserva de derechos de los artistas, hacer esta reserva garantiza que nadie más podrá utilizar el nombre en el ámbito artístico, sin tener que registrar dicho nombre como una marca ante el IMPI (como tip, yo recomendaría hacer ambas, la reserva de derechos y el registro de marca). De esta manera el titular de la reserva podrá ser único y gozar de distintividad.


Claro que las artistas pueden proteger su exclusividad de uso registrando su nombre como una marca, pero, al tener la reserva de uso no necesitas proteger ningún tipo de producto o servicio simplemente se da la exclusividad por ser artista.


¿Cuánto tiempo dura la reserva de derechos?

A diferencia de la protección de obras en derechos de autor que dura toda la vida del autor, la vigencia del certificado de la reserva de derechos será de cinco años contados a partir de la fecha de su expedición cuando se otorgue a:

  • Nombres y características físicas y psicológicas distintivas de personajes, tanto humanos de caracterización como ficticios o simbólicos;

  • Nombres o denominaciones de personas o grupos dedicados a actividades artísticas;

  • Denominaciones y características de operación originales de promociones publicitarias.


La reserva de derechos podrá ser renovada cuantas veces el titular guste, desde un mes antes de que se venza el plazo de los 5 años, hasta un mes posterior. Siempre y cuando se realice el trámite y el pago de derechos correspondiente.


Así que ya sabes, si eres artista y tienes un nombre que no quieres que nadie más use en el medio o eres creadora de uno o varios personajes y quieres que sean únicos, la reserva de derechos es la mejor manera de protegerte y tener exclusividad de uso!


Espero que hayas encontrado la información que buscabas, si no, no dudes en escribirnos por historias, en los comentarios de nuestras publicaciones en Instagram, por mensaje directo o por correo electrónico.


Si estás lista para protegerte nosotras te ayudamos! Envíanos correo y con gusto te asesoramos.


Nos leemos el próximo lunes, gracias por leer!


Caro,



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